Aunque no es un derecho reconocido a través de norma alguna, en virtud de un amplio desarrollo jurisprudencial, en Colombia existe una protección especial que se ha ido perfeccionando como mecanismo para salvaguardar el Derecho Fundamental al Trabajo, consagrado en la Constitución Política de Colombia en su Artículo 53, garantizando a través de un principio de estabilidad laboral a los trabajadores éste derecho y conforme a esto, que el cumplimiento de las condiciones acordadas en el contrato laboral se desarrollen completamente, bajo preceptos legales y ampliamente proteccionistas, en condiciones dignas, conforme al principio de solidaridad. Así el trabajador puede ejecutar sus actividades de manera continuada conforme a los derechos que le asisten en la ley y lo acordado en su contrato laboral.
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